Obligación de retener el Impuesto Sobre Nóminas a quienes proveen servicios de suministro de personal en el Estado de Jalisco
El pasado 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el decreto por el cual se reforman entre otros artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, los relacionados con las obligaciones de los contribuyentes del Impuesto Sobre Nóminas (ISN), mismos que entraron en vigor a partir del 2 de enero de 2017. La modificación más trascendente en relación con dicho impuesto atañe a las empresas que reciban la prestación de servicios de personal por parte de un tercero, es decir, empleados contratados a través de empresas “outsourcing” o “insourcing”. En virtud de lo anterior, las empresas que contraten suministro de personal a través de un tercero (entiéndase empresas outsourcing/insourcing) a partir de enero 2017 deberán retener y enterar el impuesto sobre nóminas como si fueran empleados propios. Lo anterior también es aplicable para personas físicas, o empresas (no importando donde se ubique su domicilio fiscal) que contraten servicios de const