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Obligación de enviar contabilidad electrónica en 2026

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  La obligación de enviar la contabilidad electrónica deriva del artículo 28 fracción IV del CFF, y permite al SAT fiscalizar de manera digital la información contable de los contribuyentes. De acuerdo con la regla 2.8.1.6 RMF en relación con el artículo 28, fracción IV del CFF vigente a continuación analizaremos las fechas de envió de la contabilidad electrónica. Sujetos obligados al envió de la contabilidad electrónica Personas morales, personas físicas con actividad empresarial y contribuyentes obligados a llevar contabilidad. Se exceptúan quienes usan “Mis Cuentas” y los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de la regla 2.8.1.17 de la resolución miscelánea fiscal para 2026 Facilidades para contribuyentes personas físicas Las personas físicas que tributen en actividades empresariales, profesionales, arrendamiento y demás regímenes aplicables, cuyos ingresos del ejercicio anterior no superen $4,000,000, o que estimen no excederlos al inicia...

¿Qué es el Data Stage SAT?

  Data Stage SAT   es un reporte imprescindible que te permite detectar fácilmente cada uno de los pedimentos tramitados en el mes de todas las operaciones de comercio exterior  registradas en el SAT, con los pedimentos declarados en cualquiera de las 49 aduanas de México. La información que puedes obtener con el reporte Data Stage –relacionada con las mercancías, el tráfico y régimen aduanero al que se destinan–  es una gran herramienta para evaluar tus operaciones.   Puedes consultar (entre otros) datos sobre: Pedimentos de importación y exportación Comprobantes de Valor Electrónico (COVE) Información de las mercancías (fracción arancelaria, valor, volumen, etc.) Tipo de tráfico (definitivo, temporal, etc.) y régimen aduanero (importación definitiva, exportación definitiva, depósito fiscal, etc.) El 100% de tus operaciones Operaciones vulnerables y operaciones de mayor costo Operaciones no reconocidas por el importador Impuestos y claves de pedimentos utilizad...

Desconexion Digital (avances)

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  El pasado 10 de marzo de 2026 fue aprobada en la Cámara de Diputados la reforma a la desconexión digital como parte del paquete de reformas que ha sufrido la Ley Federal del Trabajo y se turnó al Senado para su discusión y aprobación. La desconexión digital es el  derecho constitucional y laboral de toda persona trabajadora a no responder  comunicaciones de su centro de trabajo (mensajes de WhatsApp, correos electrónicos, llamadas o reuniones virtuales) una vez concluida su jornada laboral, así como durante sus periodos de descanso, vacaciones, permisos y licencias.  Esta reforma no prohíbe el uso de la tecnología, sino su uso abusivo fuera de la jornada laboral, como puede ser, en horarios no laborables, vacaciones, permisos y licencias. ¿Cómo se pretende garantizar el acceso a la desconexión digital? Incorporando en las  obligaciones patronales  el respeto a este nuevo derecho laboral, además de la responsabilidad de  emitir política...

reforma plataforma digitales

  El 9 de diciembre de 2024, la Cámara de Diputados aprobó un decreto que reforma e incluye nuevas disposiciones a la Ley Federal del Trabajo; entre otras, adiciona el Capítulo IX Bis para regular las condiciones laborales de las personas trabajadoras de plataformas digitales. A continuación, un resumen de los aspectos más relevantes: Los administradores o patrones de plataformas digitales tendrán las siguientes obligaciones: Pago de indemnización por despido. Pago de la participación de los trabajadores en las utilidades de la empresa (PTU) para quienes reúnan 288 horas de tiempo efectivamente laborado (1.5 a 2 meses). El “tiempo efectivamente laborado” se obtendrá considerando el tiempo de trabajo en   45   minutos por cada hora y 15 de espera para la recepción de tareas, resultando un   factor de 0.75   de actividad efectivamente laborada por cada hora. Pago de cuotas al seguro social e INFONAVIT respecto de quienes generen un ingreso neto de por lo menos un ...

Obligación de retener el Impuesto Sobre Nóminas a quienes proveen servicios de suministro de personal en el Estado de Jalisco

  El pasado 31 de diciembre de 2016 se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, el decreto por el cual se reforman entre otros artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Jalisco, los relacionados con las obligaciones de los contribuyentes del Impuesto Sobre Nóminas (ISN), mismos que entraron en vigor a partir del 2 de enero de 2017. La modificación más trascendente en relación con dicho impuesto atañe a las empresas que reciban la prestación de servicios de personal por parte de un tercero, es decir, empleados contratados a través de empresas “outsourcing” o “insourcing”. En virtud de lo anterior, las empresas que contraten suministro de personal a través de un tercero (entiéndase empresas outsourcing/insourcing) a partir de enero 2017 deberán retener y enterar el impuesto sobre nóminas como si fueran empleados propios. Lo anterior también es aplicable para personas físicas, o empresas (no importando donde se ubique su domicilio fiscal) que contraten servicios de c...

Prorroga de obligaciones para inicio de 2023 - SAT

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  buen día el SAT da a conocer la prorroga para diferentes obligaciones, destacando la facturación 4.0 para iniciar en 2023, así como que en el mismo 2023 los contribuyentes de Régimen Simplificado ya deberán contar con efirma para facturar.