Obligación de enviar contabilidad electrónica en 2026
La obligación de enviar la contabilidad electrónica deriva del artículo 28 fracción IV del CFF, y permite al SAT fiscalizar de manera digital la información contable de los contribuyentes. De acuerdo con la regla 2.8.1.6 RMF en relación con el artículo 28, fracción IV del CFF vigente a continuación analizaremos las fechas de envió de la contabilidad electrónica. Sujetos obligados al envió de la contabilidad electrónica Personas morales, personas físicas con actividad empresarial y contribuyentes obligados a llevar contabilidad. Se exceptúan quienes usan “Mis Cuentas” y los contribuyentes que se encuentren en el supuesto de la regla 2.8.1.17 de la resolución miscelánea fiscal para 2026 Facilidades para contribuyentes personas físicas Las personas físicas que tributen en actividades empresariales, profesionales, arrendamiento y demás regímenes aplicables, cuyos ingresos del ejercicio anterior no superen $4,000,000, o que estimen no excederlos al inicia...